Una baja laboral no es, ni mucho menos, una garantía de protección frente a un despido. Si bien es cierto que no es posible llevar a la práctica un despido por baja (podría considerarse despido improcedente o nulo), sí que puede ejecutarse durante el tiempo en el que el trabajador permanece retirado de la actividad profesional, como consecuencia de un accidente laboral o enfermedad común, con el objetivo de recuperarse. Los cambios en la legislación han flexibilizado este capítulo y, aunque con ciertas limitaciones, en los últimos tiempos se puede despedir a un trabajador estando de baja considerándose la extinción de la relación laboral un despido procedente.
La empresa ha de acreditar, en estos casos, la causa real de la decisión adoptada aunque, como trabajador, estás en tu derecho de emprender las acciones legales que consideres oportunas si entiendes que se trata de un despido improcedente. Una vez recibida la notificación del despido (lo habitual es que se realice mediante envío de un burofax), dispondrás de un plazo de 20 días hábiles para tratar de impugnar el despido.
Aunque, a priori, pueda parecer una cosa sencilla, lo cierto es que, si la empresa ha decidido echarte estando de baja deberá justificarlo adecuadamente. No todos los escenarios se prestan a este tipo de despidos, de hecho, los únicos en los que podría tener carácter de despido procedente son cuando se deba a:
- Causas disciplinarias: Con independencia de si estás de baja laboral o no, la empresa puede esgrimir causas disciplinarias para justificar el despido. El capítulo contempla situaciones recogidas tanto en el convenio colectivo como en el propio estatuto de los trabajadores tales como malas conductas, fraude para conseguir la baja médica, la disminución del rendimiento profesional voluntaria y continuada… La interpretación de estos escenarios puede llegar a ser ambigua y, en caso de que la empresa se acoja a estas motivaciones, deberá justificarlo apropiadamente, máxime, si emprendes acciones legales por entender que se trata de un despido improcedente.
- Causas objetivas: Será considerado un despido procedente aunque se produzca estando de baja si la empresa acredita que existen causas y pruebas adecuadas fijadas legalmente tales como absentismo sobrepasando los máximos legales, falta de adaptación a cambios siempre que estos sean razonables y haya existido formación así como si se argumentan causas económicas, productivas, organizativas e, incluso, técnicas.
Si, como trabajador, te encuentras con un despido estando de baja, el asesoramiento de un experto laboral te resultará de gran ayuda, entre otras cosas, para arrojar algo de luz acerca de las posibilidades que puedes o no tener a la hora de que se considere despido improcedente y puedas recuperar tu puesto de trabajo o recibir la indemnización correspondiente.
‘Hecha la ley, hecha la trampa’. Lo dice la sabiduría popular pero, en el caso de que planee sobre tu persona la posibilidad de un despido estando de baja, has de conocer que existen ciertas consideraciones legales que pueden serte de gran ayuda a la hora de reclamar si consideras que no estás siendo objeto de un despido procedente.
La ley prevé ciertos escenarios especialmente protegidos en los que, tanto si estás de baja como si no, no podrás ser despedido. En lo que a baja médica se refiere, la empresa no podrá despedirte si estás disfrutando de un permiso de maternidad, lactancia o reducción de jornada por cuidado de hijos (hasta los 12 años). Tampoco se considerará despido procedente si el mismo se produce después de haber reclamado tus derechos o evidenciado irregularidades en la empresa y, por supuesto, será considerado despido improcedente o nulo todo aquel que venga motivado por una discriminación prevista por la ley.
Por otro lado, conviene aclarar que el despido no es la única manera que tiene la empresa de poner fin a vuestra relación laboral. Más allá de que te pueden echar estando de baja, es posible extinguir la relación laboral durante una baja médica si, por ejemplo, se trata de un contrato temporal que finaliza en el transcurso de la misma, si estás de baja pero con un contrato de interinidad y durante la misma se reincorpora el trabajador al que suplías e, incluso, si la baja se produce durante el período de prueba de tu contrato.
La experiencia y el conocimiento de la legislación vigente serán tus mejores aliados a la hora de enfrentar un despido, sea o no procedente, se produzca o no durante una baja. ¿Tienes dudas? Consulta a nuestros expertos.